Vibra Plenitud
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    Marco Institucional

    Última actualización: 30 de agosto de 2026

    Documentos institucionales que sustentan la operación, los principios éticos, la convivencia y la confidencialidad de los servicios de Vibra Plenitud.

    1. Objeto del Marco Institucional

    El presente Marco Institucional establece los principios, criterios de actuación, límites, estándares de conducta y bases generales bajo los cuales opera Vibra Plenitud.

    Su finalidad es proporcionar una estructura coherente para la prestación de sus servicios, la protección de las personas que participan en sus espacios y el desarrollo posterior de sus políticas, contratos, términos y condiciones, avisos, consentimientos y demás instrumentos aplicables.

    Este documento constituye el marco rector interno de Vibra Plenitud. Las disposiciones que deban generar obligaciones específicas para clientes, pacientes, alumnos, participantes, usuarios, proveedores o terceros serán desarrolladas, cuando corresponda, en los instrumentos contractuales o políticas particulares aplicables.

    2. Identidad y naturaleza

    Vibra Plenitud es un proyecto profesional fundado y dirigido por Ana Mungaray, nombre profesional de Ana Luisa Barragán Mungaray, quien actualmente opera como persona física y es la prestadora principal de los servicios ofrecidos bajo dicho nombre comercial.

    Vibra Plenitud no constituye actualmente una persona moral independiente.

    La participación de proveedores, prestadores de servicios externos, colaboradores o personal de apoyo no modifica la responsabilidad de dirección y conducción profesional que corresponde a su fundadora respecto de los servicios que personalmente presta.

    La estructura jurídica u organizacional de Vibra Plenitud podrá modificarse en el futuro sin que ello implique necesariamente la modificación de sus principios institucionales.

    3. Propósito institucional

    Vibra Plenitud tiene como propósito fundamental acompañar procesos de generación de consciencia y autoconocimiento orientados a favorecer una vida de mayor calidad, bienestar, autonomía y congruencia personal.

    Para ello, desarrolla procesos terapéuticos individuales y grupales, actividades educativas, herramientas de desarrollo personal, experiencias formativas y otros recursos destinados a facilitar conocimientos y herramientas que puedan ser comprendidos y aplicados por cada persona en su propia vida.

    Vibra Plenitud concibe el bienestar como un proceso en el cual el acompañamiento profesional puede proporcionar guía, conocimientos, herramientas y espacios de exploración, sin sustituir la responsabilidad, autonomía ni capacidad de decisión de cada individuo.

    4. Áreas de actuación

    Las actividades de Vibra Plenitud podrán comprender, entre otras:

    • Psicoterapia.
    • Terapia integral y acompañamiento terapéutico.
    • Herramientas y aproximaciones holísticas.
    • Procesos individuales y grupales.
    • Talleres terapéuticos.
    • Talleres educativos y pedagógicos.
    • Educación para el desarrollo personal.
    • Autoconocimiento y generación de consciencia.
    • Formaciones para facilitadores.
    • Academia Digital y contenidos educativos.
    • Seminarios y actividades formativas.
    • Experiencias, encuentros y eventos.
    • Servicios empresariales y organizacionales prestados como proveedor externo, incluyendo conferencias, talleres, actividades de integración, capacitación, desarrollo humano, bienestar y otras intervenciones orientadas al fortalecimiento y desarrollo de las personas dentro de las organizaciones.
    • Actividades presenciales, virtuales o híbridas.

    Cada modalidad contará, cuando corresponda, con reglas, alcances, condiciones y documentos específicos.

    5. Principios institucionales

    5.1. Confidencialidad e intimidad

    La confidencialidad constituye un principio fundamental de Vibra Plenitud.

    Los procesos terapéuticos, particularmente aquellos individuales o grupales que involucren apertura emocional, información personal o experiencias de terceros, deberán desarrollarse bajo un estándar elevado de respeto a la intimidad.

    Las personas participantes podrán hablar libremente de su propia experiencia, aprendizajes, emociones o procesos, pero deberán respetar la privacidad y confidencialidad de las demás personas.

    La información personal, testimonios, experiencias, circunstancias, intervenciones o contenidos privados de terceros conocidos dentro de un espacio protegido de Vibra Plenitud no deberán ser divulgados, reproducidos o utilizados fuera de dicho espacio sin autorización, salvo los supuestos que legalmente correspondan.

    Las obligaciones profesionales de confidencialidad de la prestadora del servicio se regirán adicionalmente por las disposiciones profesionales y legales aplicables.

    5.2. Responsabilidad individual

    Vibra Plenitud parte del reconocimiento de que cada persona conserva la responsabilidad fundamental sobre su propia vida, decisiones y proceso personal.

    La fundadora, terapeuta o facilitadora puede acompañar, orientar, proporcionar herramientas y facilitar procesos, pero no sustituye la voluntad, responsabilidad ni capacidad de acción del participante.

    La relación profesional no deberá construirse sobre la expectativa de que Vibra Plenitud o su fundadora rescaten, solucionen o asuman responsabilidad por la vida de otra persona.

    5.3. Autonomía y participación voluntaria

    La participación en los procesos de Vibra Plenitud deberá fundarse, como principio general, en la voluntad personal.

    Ninguna persona deberá ser obligada por Vibra Plenitud a adoptar determinada creencia, interpretación, práctica o proceso personal.

    Cuando la naturaleza de un servicio requiera determinadas condiciones de participación, éstas deberán comunicarse de manera previa o adecuada.

    Vibra Plenitud podrá determinar, conforme a la naturaleza del servicio y a las disposiciones aplicables, si existen las condiciones adecuadas para iniciar o continuar una relación profesional.

    5.4. Libertad de pensamiento

    Vibra Plenitud no exige adhesión a religión, doctrina, ideología, corriente espiritual, sistema filosófico o perspectiva científica única.

    Las personas son libres de analizar, cuestionar, aceptar, interpretar o descartar las ideas y herramientas presentadas.

    La utilización de perspectivas psicológicas, terapéuticas, educativas, holísticas, filosóficas o de autoconocimiento no deberá interpretarse como una exigencia de adhesión ideológica.

    5.5. Dignidad y respeto

    Toda persona que participe o intervenga en espacios relacionados con Vibra Plenitud deberá ser tratada con dignidad.

    Este principio es recíproco y comprende a pacientes, clientes, alumnos, participantes, fundadora, colaboradores, facilitadores invitados, proveedores y demás personas vinculadas con sus actividades.

    Ninguna posición dentro de Vibra Plenitud justifica el maltrato, humillación, intimidación o violencia hacia otra persona.

    5.6. Integridad y límites profesionales

    Las relaciones establecidas a través de los servicios de Vibra Plenitud conservarán los límites correspondientes a su naturaleza profesional.

    Dependiendo del servicio, la relación podrá ser terapeuta-paciente, facilitadora-participante, docente-alumno, prestadora-cliente u otra relación profesional equivalente.

    La contratación o participación en un servicio no convierte a la fundadora en amiga personal, rescatadora, representante personal o responsable general de la vida del participante.

    Los límites profesionales protegen tanto a las personas atendidas como a quien presta el servicio.

    5.7. Seguridad y convivencia

    Los espacios de Vibra Plenitud deberán favorecer condiciones compatibles con la seguridad, el respeto, la participación voluntaria y el propósito de la actividad correspondiente.

    Las personas participantes deberán atender las indicaciones razonables de organización, seguridad y convivencia necesarias para el adecuado desarrollo de cada actividad.

    5.8. Protección de contenidos y propiedad intelectual

    El acceso a materiales, grabaciones, manuales, ejercicios, contenidos audiovisuales, recursos educativos o demás materiales de Vibra Plenitud no implica autorización general para reproducirlos, distribuirlos, comercializarlos, publicarlos o ponerlos a disposición de terceros.

    Las condiciones concretas de utilización dependerán de la naturaleza del contenido y serán desarrolladas en los instrumentos correspondientes.

    6. Alcance y límites de los servicios

    Vibra Plenitud se compromete institucionalmente a prestar los servicios ofrecidos con seriedad, diligencia y conforme al alcance comunicado para cada modalidad.

    Sin embargo, no garantiza resultados terapéuticos, emocionales, personales, económicos, profesionales, espirituales ni de cualquier otra naturaleza que dependan de circunstancias individuales o de la aplicación que cada persona realice de las herramientas recibidas.

    Vibra Plenitud proporciona acompañamiento, procesos, conocimientos y herramientas; no sustituye la responsabilidad individual ni promete resolver integralmente la vida o las circunstancias personales de quien participa.

    Las herramientas holísticas o de autoconocimiento deberán distinguirse adecuadamente de aquellos servicios que correspondan propiamente al ámbito profesional de la psicoterapia.

    Cuando se impartan formaciones para facilitadores, las constancias, reconocimientos o documentos de participación tendrán exclusivamente el alcance expresamente señalado y no deberán interpretarse por sí mismos como habilitación profesional, licencia o autorización para ejercer actividades reguladas, salvo que exista una certificación o reconocimiento que expresamente establezca algo distinto.

    Vibra Plenitud adopta un enfoque integral en el que la comprensión de la persona no queda necesariamente subordinada a la asignación de categorías diagnósticas. Dentro de los procesos psicoterapéuticos podrá privilegiarse, cuando profesional y legalmente resulte adecuado, la comprensión de problemas clínicos, patrones, necesidades, recursos y objetivos terapéuticos sin reducir el proceso de la persona a una etiqueta diagnóstica.

    La prestación ordinaria de servicios psicoterapéuticos no implica por sí misma la obligación institucional de elaborar evaluaciones diagnósticas formales, dictámenes, peritajes o informes especializados a solicitud de pacientes o terceros, sin perjuicio de las obligaciones profesionales o legales que resulten aplicables.

    7. Libertad de opinión, desacuerdo y crítica

    Vibra Plenitud reconoce el derecho de las personas a mantener opiniones distintas respecto de sus servicios, metodologías, contenidos, perspectivas y actividades.

    El desacuerdo, cuestionamiento o crítica no constituye por sí mismo una conducta contraria al presente Marco Institucional.

    Sin embargo, la libertad de opinión no deberá confundirse con conductas que puedan vulnerar derechos de terceros, tales como amenazas, hostigamiento, intimidación, suplantación, divulgación indebida de información confidencial, apropiación o difusión no autorizada de contenidos protegidos u otras conductas que puedan resultar ilícitas conforme a la legislación aplicable.

    8. Política institucional frente al acoso, hostigamiento, amenazas, intimidación y violencia

    Vibra Plenitud mantiene una política de tolerancia cero frente a las formas graves de violencia, amenaza, acoso, hostigamiento, intimidación o agresión dirigidas contra las personas que integran o participan en sus espacios.

    Esta política protege recíprocamente a la fundadora, pacientes, alumnos, clientes, participantes, colaboradores, facilitadores, proveedores e invitados.

    Entre las conductas incompatibles con los principios institucionales podrán encontrarse, dependiendo de su contexto y gravedad:

    • Amenazas contra la integridad de una persona.
    • Violencia física.
    • Hostigamiento o acoso.
    • Intimidación.
    • Agresiones verbales graves.
    • Humillación o burlas dirigidas contra otros participantes.
    • Conductas destinadas deliberadamente a perturbar o sabotear una actividad.
    • Suplantación de identidad.
    • Utilización indebida de la identidad de Vibra Plenitud o de su fundadora.
    • Divulgación indebida de información confidencial.
    • Utilización de información obtenida dentro de un espacio protegido para perjudicar a otro participante.
    • Contacto con participantes con fines de amenaza, intimidación o hostigamiento relacionados con su vínculo con Vibra Plenitud.
    • Conductas que comprometan de manera seria la seguridad o integridad de los espacios.

    La determinación de la respuesta institucional deberá atender a las circunstancias y gravedad de cada caso.

    9. Protección de participantes y comunidad

    Ninguna persona podrá utilizar su acceso a los espacios de Vibra Plenitud para hostigar, amenazar, intimidar, ridiculizar o vulnerar deliberadamente a otra persona.

    La información obtenida debido a la participación en un taller, proceso, comunidad o actividad no deberá utilizarse posteriormente como instrumento de presión, exposición, hostigamiento o daño.

    Cuando Vibra Plenitud tenga conocimiento de una situación que pueda comprometer la seguridad o integridad de una persona, podrá adoptar las medidas institucionales razonables que correspondan dentro del ámbito de sus facultades.

    10. Normas generales de conducta

    Vibra Plenitud podrá establecer indicaciones de participación necesarias para el desarrollo adecuado de cada actividad.

    Dependiendo de la naturaleza del servicio, podrán establecerse reglas relativas a horarios, participación, cámaras o micrófonos, momentos destinados a alimentos, utilización de dispositivos, interacción entre participantes, ejercicios grupales, descansos y demás condiciones operativas.

    El establecimiento de dichas reglas deberá responder a razones relacionadas con la naturaleza, seguridad, metodología u organización de la actividad y no tendrá como finalidad ejercer un control arbitrario sobre las personas.

    11. Sustancias y condiciones de participación

    Durante actividades presenciales o encuentros organizados por Vibra Plenitud podrán establecerse restricciones al consumo de alcohol, drogas, tabaco u otras sustancias cuando resulte necesario para proteger la seguridad, concentración, convivencia o naturaleza de la actividad.

    Asimismo, Vibra Plenitud podrá requerir que determinadas conductas —como fumar, consumir alimentos, utilizar dispositivos o abandonar repetidamente una dinámica— se realicen únicamente en momentos o lugares adecuados.

    La participación en ejercicios que involucren contacto físico deberá respetar en todo momento la seguridad, voluntad y límites de las personas involucradas.

    No se tolerará contacto físico violento o realizado con intención de intimidar, someter o lesionar.

    12. Confidencialidad entre participantes

    En actividades terapéuticas grupales y demás espacios expresamente identificados como confidenciales, los participantes deberán preservar la intimidad de las demás personas.

    Podrán comunicar su propia experiencia, pero no deberán revelar información que permita identificar o exponer experiencias personales de otros participantes.

    Cuando la naturaleza de una actividad requiera obligaciones adicionales de confidencialidad, éstas serán establecidas en el documento específico correspondiente.

    13. Conductas vinculadas ocurridas fuera de los espacios oficiales

    Los principios de protección institucional podrán resultar relevantes respecto de determinadas conductas ocurridas fuera de los canales oficiales cuando exista una conexión directa y demostrable con la participación, relación o información obtenida a través de Vibra Plenitud.

    Esto podrá comprender, entre otros supuestos:

    • Hostigamiento posterior entre participantes derivado de una actividad.
    • Utilización externa de información confidencial conocida durante un proceso.
    • Contacto intimidatorio con pacientes o participantes debido a su vínculo con Vibra Plenitud.
    • Difusión no autorizada de materiales obtenidos mediante la Academia Digital u otros servicios.
    • Suplantación de identidad relacionada con Vibra Plenitud.
    • Utilización de información obtenida dentro de sus espacios para perjudicar posteriormente a una persona.

    Esta disposición no pretende controlar la vida privada ni las opiniones legítimas de las personas fuera de Vibra Plenitud.

    14. Protección de materiales y contenidos

    Los materiales internos de Vibra Plenitud deberán utilizarse exclusivamente conforme a las condiciones bajo las cuales fueron proporcionados.

    Salvo autorización expresa o disposición aplicable, no se permitirá la distribución no autorizada de manuales, videos, grabaciones, materiales privados o contenidos restringidos.

    Cuando un contenido audiovisual se proporcione únicamente mediante reproducción en línea, no deberá interpretarse dicha disponibilidad como autorización para realizar grabaciones de pantalla, copias, extracciones o reproducciones destinadas a evadir las restricciones técnicas de acceso o posteriormente distribuir el contenido.

    Los contenidos publicados expresamente para difusión pública —por ejemplo, determinadas publicaciones oficiales en redes sociales— estarán sujetos a las reglas aplicables a su naturaleza.

    15. Medidas institucionales frente a incumplimientos

    Cuando una persona incurra en conductas incompatibles con este Marco, Vibra Plenitud podrá valorar la adopción de medidas proporcionales a la naturaleza y gravedad de la situación.

    Estas podrán comprender, cuando resulte procedente:

    • Advertencias o indicaciones correctivas.
    • Limitación de determinadas formas de participación.
    • Retiro de una actividad o espacio.
    • Restricción o terminación de acceso a comunidades.
    • Terminación de participación en un evento o servicio, conforme a las condiciones contractuales aplicables.
    • Bloqueo o restricción en canales digitales administrados por Vibra Plenitud.
    • Negativa de admisión futura en determinados espacios o servicios.
    • Conservación de evidencia relacionada con el incidente.
    • Adopción de medidas de protección para otras personas.
    • Ejercicio de los derechos o acciones que legalmente correspondan.

    16. Terminación por incumplimiento grave y efectos económicos

    Cuando la participación de una persona sea terminada como consecuencia de una conducta grave que resulte contraria a las obligaciones de convivencia, seguridad, confidencialidad o respeto aplicables al servicio, Vibra Plenitud mantendrá como principio institucional que dicha terminación no genera, por sí misma, obligación de devolver las cantidades previamente pagadas por la persona responsable del incumplimiento.

    Lo anterior podrá resultar aplicable, entre otros supuestos, ante actos suficientemente acreditados de violencia física, amenazas, acoso u hostigamiento grave, intimidación, agresión deliberada contra participantes o responsables del servicio, vulneración grave de la confidencialidad, sabotaje intencional de actividades, suplantación de identidad u otras conductas de gravedad comparable.

    Este principio parte de que la terminación no deriva de una decisión arbitraria de Vibra Plenitud ni de la imposibilidad de la prestadora para proporcionar el servicio, sino de un incumplimiento atribuible a la persona participante que hace incompatible la continuación de su acceso con la seguridad, integridad o adecuado funcionamiento del espacio.

    La aplicación concreta de esta disposición, incluyendo sus efectos sobre servicios ya iniciados, cantidades pagadas, membresías, accesos futuros o prestaciones pendientes, deberá sujetarse a las condiciones contractuales específicas del servicio y a la legislación aplicable.

    17. No readmisión por conductas graves

    Sin perjuicio de los efectos económicos establecidos anteriormente, Vibra Plenitud podrá determinar que una conducta grave justifica la no readmisión futura de la persona responsable en alguno o todos sus servicios, talleres, comunidades, eventos, plataformas o espacios.

    En casos de especial gravedad, esta decisión podrá tener carácter definitivo desde la perspectiva institucional, sin que exista obligación institucional de proporcionar nuevas oportunidades de participación.

    Vibra Plenitud se reserva, sujeto a la legislación y condiciones contractuales aplicables, la facultad de negar futuras admisiones o participaciones a personas respecto de las cuales existan antecedentes suficientemente acreditados de conductas graves incompatibles con la seguridad, integridad, dignidad, confidencialidad o protección de sus espacios o de las personas vinculadas con ellos.

    La no readmisión no podrá fundarse en motivos discriminatorios ni constituir represalia por el ejercicio legítimo de derechos.

    18. Reporte de incidentes

    Vibra Plenitud contará con un canal institucional destinado a recibir comunicaciones relacionadas con posibles situaciones de:

    • Acoso u hostigamiento.
    • Amenazas o intimidación.
    • Conductas violentas.
    • Suplantación.
    • Vulneraciones de confidencialidad.
    • Contactos inapropiados dirigidos a pacientes o participantes debido a su relación con Vibra Plenitud.
    • Difusión indebida de contenidos o información privada.
    • Otras situaciones relevantes para la seguridad de la comunidad.

    Canal institucional de reportes: info@vibraplenitud.com

    Cuando sea posible, se recomienda conservar y proporcionar evidencia pertinente —por ejemplo, comunicaciones, capturas de pantalla, fechas, remitentes o enlaces— con el propósito de permitir una evaluación adecuada de los hechos.

    La recepción de un reporte no implica automáticamente la acreditación de los hechos denunciados ni sustituye los mecanismos de denuncia ante las autoridades cuando éstos correspondan.

    19. Relación con otros documentos

    El presente Marco Institucional constituye el documento rector general de Vibra Plenitud.

    Sus principios serán desarrollados, cuando corresponda, mediante documentos específicos, entre ellos:

    • Código de Ética y Conducta.
    • Política de Convivencia, Respeto y Protección.
    • Términos y Condiciones.
    • Avisos de Privacidad.
    • Políticas comerciales.
    • Contratos de prestación de servicios.
    • Consentimientos informados.
    • Condiciones de la Academia Digital.
    • Condiciones aplicables a talleres y formaciones.
    • Protocolos internos.
    • Políticas de propiedad intelectual y utilización de contenidos.

    En caso de existir disposiciones legales obligatorias incompatibles con alguna disposición de este Marco, prevalecerá la legislación aplicable.

    20. Revisión y actualización

    Vibra Plenitud podrá revisar y actualizar periódicamente este Marco Institucional para adecuarlo a cambios en sus servicios, estructura organizacional, tecnologías, modalidades de atención o disposiciones legales.

    Las modificaciones que afecten derechos u obligaciones contractuales de usuarios o clientes deberán implementarse mediante los mecanismos jurídicos correspondientes y no únicamente mediante la modificación del presente documento interno.