Vibra Plenitud
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    Condiciones de Prestación y Consentimiento Informado para Servicios Terapéuticos Individuales de Vibra Plenitud

    Última actualización: 30 de agosto de 2026

    1. Objeto

    El presente documento regula la prestación de los servicios terapéuticos individuales ofrecidos por Vibra Plenitud y establece las condiciones generales de contratación, participación, pagos, puntualidad, reprogramaciones, inasistencias, privacidad, confidencialidad, comunicaciones, límites y terminación.

    Asimismo, cuando el servicio contratado sea psicoterapia, este documento contiene la información y manifestación de voluntad correspondientes al consentimiento informado para la prestación de dicho servicio.

    2. Prestadora

    Los servicios son proporcionados por Ana Luisa Barragán Mungaray, fundadora y titular de Vibra Plenitud.

    Vibra Plenitud constituye el nombre bajo el cual se organizan y ofrecen los servicios, actividades y contenidos correspondientes.

    3. Servicios comprendidos

    Para efectos de estas Condiciones, la expresión “servicios terapéuticos individuales” podrá comprender:

    • Psicoterapia individual.
    • Terapias holísticas.
    • Acompañamientos terapéuticos.
    • Intervenciones individuales de autoconocimiento.
    • Otros servicios individuales de naturaleza terapéutica o de acompañamiento expresamente ofrecidos por Vibra Plenitud.

    La utilización de esta categoría institucional común no significa que todos estos servicios posean la misma naturaleza profesional, clínica, científica, sanitaria o jurídica.

    Cada servicio deberá entenderse conforme a su naturaleza específica.

    4. Diferenciación de los servicios

    La psicoterapia constituye un servicio profesional psicológico sujeto a las obligaciones profesionales y jurídicas correspondientes.

    Las terapias y herramientas holísticas podrán incorporar recursos de autoconocimiento, simbólicos, filosóficos, espirituales, energéticos o provenientes de otros marcos de comprensión.

    Su denominación como terapias o herramientas holísticas no implica que constituyan modelos psicoterapéuticos, médicos o psiquiátricos oficialmente reconocidos.

    Vibra Plenitud procurará que la persona conozca la naturaleza del servicio que recibe.

    5. Enfoque integral

    Vibra Plenitud desarrolla un enfoque integral de acompañamiento y podrá utilizar diferentes recursos conforme a:

    • La naturaleza del servicio.
    • Las necesidades de la persona.
    • Los objetivos del proceso.
    • La pertinencia de la intervención.
    • La competencia profesional de la prestadora.
    • El consentimiento y disposición de la persona.

    La integración de herramientas diferentes no elimina la obligación de distinguir su naturaleza y alcance.

    6. Valoración previa de intervenciones holísticas

    La solicitud de una terapia o herramienta holística no implica que ésta deba proporcionarse automáticamente.

    Cuando la persona no haya trabajado previamente con Vibra Plenitud, desconozca la naturaleza de la intervención o la prestadora lo considere profesionalmente conveniente, podrá proponerse o requerirse previamente:

    • Una sesión de psicoterapia.
    • Una entrevista individual.
    • Una valoración profesional.
    • Una sesión de orientación o exploración.

    Esto permitirá conocer elementos relevantes de la situación, valorar la pertinencia de la herramienta solicitada, explicar su naturaleza y determinar si resulta adecuado continuar mediante dicha modalidad.

    La valoración previa no garantiza que posteriormente se proporcione la intervención holística solicitada.

    7. Pertinencia de las intervenciones

    La prestadora podrá considerar que una intervención determinada no resulta adecuada para una persona o situación.

    En tal caso podrá:

    • Proponer otro tipo de acompañamiento.
    • Recomendar psicoterapia.
    • Sugerir atención médica o psiquiátrica.
    • Recomendar otro profesional.
    • Solicitar una valoración adicional.
    • Declinar la prestación de una herramienta específica.

    La persona podrá aceptar o rechazar la alternativa propuesta.

    8. Información profesional, formación y decisión de contratación

    Vibra Plenitud proporcionará información veraz respecto de la naturaleza de los servicios ofrecidos y de la calidad profesional bajo la cual se prestan cuando resulte jurídicamente relevante.

    La información sobre formación académica, estudios, certificaciones, especializaciones u otros antecedentes que la prestadora haya decidido hacer públicos podrá consultarse en los espacios informativos habilitados por Vibra Plenitud.

    La persona interesada podrá formular antes de contratar las preguntas que considere razonablemente necesarias.

    Cuando se solicite razonablemente acreditar una calidad profesional necesaria para prestar un servicio regulado, Vibra Plenitud podrá proporcionar, exhibir o indicar los medios mediante los cuales pueda verificarse la información correspondiente.

    Esto no implica obligación de proporcionar indiscriminadamente copias de la totalidad de diplomas, constancias, certificaciones, documentos académicos, expedientes formativos o documentación personal de la prestadora, ni información que no resulte necesaria para acreditar la naturaleza o legitimidad del servicio.

    Las formaciones holísticas, complementarias o de desarrollo personal se presentarán conforme a su propia naturaleza y no como títulos profesionales oficiales cuando no posean dicha calidad.

    Corresponde también a la persona interesada valorar la información disponible, formular las preguntas que considere importantes y decidir libremente si desea contratar.

    Cuando considere insuficiente la información disponible, podrá solicitar aclaraciones o abstenerse de contratar.

    9. Autonomía y voluntariedad

    La participación en los servicios es voluntaria.

    La persona podrá:

    • Formular preguntas.
    • Solicitar explicaciones.
    • Expresar incomodidad o desacuerdo.
    • Negarse a realizar determinado ejercicio.
    • Solicitar una pausa.
    • Decidir no utilizar determinada herramienta.
    • Concluir el proceso.
    • Buscar otra opinión profesional.

    La prestadora no sustituye la capacidad de decisión de la persona.

    10. Responsabilidad de la prestadora

    Vibra Plenitud se compromete a proporcionar el servicio conforme a su naturaleza y a las condiciones ofrecidas, procurando actuar con diligencia, respeto, confidencialidad, límites adecuados y respeto a la autonomía de la persona.

    Cuando se trate de psicoterapia se observarán adicionalmente las obligaciones profesionales correspondientes.

    11. Ausencia de garantía de resultados

    Los servicios terapéuticos individuales están influidos por múltiples factores personales y contextuales.

    Vibra Plenitud no garantiza resultados específicos ni la resolución de problemas, síntomas, relaciones, circunstancias vitales o situaciones personales determinadas.

    El compromiso de la prestadora consiste en proporcionar el servicio conforme a lo ofrecido y con la diligencia correspondiente, no en garantizar un resultado.

    12. Participación de la persona

    La persona será responsable de participar conforme a la naturaleza del servicio, comunicar información que considere relevante, expresar dudas o dificultades, informar cuando no comprenda o no desee determinada intervención, tomar sus propias decisiones y procurar condiciones adecuadas para participar.

    13. Modalidad

    Los servicios podrán proporcionarse:

    • En línea.
    • Presencialmente cuando se encuentre disponible.
    • Mediante otra modalidad expresamente acordada y adecuada.

    La modalidad deberá informarse antes de la contratación.

    14. Pago previo y confirmación

    Las sesiones se agendan mediante pago previo.

    El pago constituye el requisito para confirmar y reservar el espacio profesional.

    La solicitud de información o de horario no genera por sí misma una reserva definitiva.

    Una vez confirmado el pago, la persona recibirá o tendrá acceso al reglamento o condiciones correspondientes.

    15. Reglamento de atención

    La contratación podrá complementarse mediante un reglamento con indicaciones sobre:

    • Puntualidad.
    • Tolerancia.
    • Reprogramación.
    • Inasistencia.
    • Conectividad.
    • Privacidad.
    • Condiciones del espacio.
    • Comunicaciones.

    El reglamento se interpretará conjuntamente con este documento.

    16. Puntualidad y tolerancia

    La persona deberá presentarse o conectarse puntualmente.

    Como regla ordinaria, Vibra Plenitud establece un periodo máximo de tolerancia de 10 minutos desde la hora programada.

    Transcurrido ese periodo sin que la persona se haya presentado o conectado adecuadamente, la sesión se considerará perdida por inasistencia.

    En consecuencia:

    • No procederá reembolso.
    • No procederá reprogramación.
    • No se conservará el pago como crédito.
    • No podrá trasladarse el pago a otra sesión.

    Para recibir una nueva sesión será necesario contratarla y pagarla nuevamente.

    Esta regla responde también a la necesidad de disponer del tiempo suficiente para desarrollar adecuadamente un trabajo terapéutico y emocional.

    Si la persona ingresa dentro del periodo de tolerancia, la sesión podrá concluir a la hora originalmente prevista, sin obligación de extenderla.

    Cuando el retraso sea atribuible a la prestadora, se proporcionará el tiempo contratado o una solución razonable.

    17. Reprogramación por la persona

    Una sesión confirmada y pagada podrá ser reprogramada una sola vez.

    La persona deberá comunicar que no podrá asistir antes de la hora programada.

    No existe un número mínimo general de horas de anticipación, reconociendo que pueden surgir imprevistos próximos a la sesión.

    La nueva cita estará sujeta a disponibilidad.

    La persona no tendrá que elegir inmediatamente la nueva fecha y podrá acordarla posteriormente.

    Una vez utilizada la posibilidad de reprogramación, ésta quedará agotada.

    Si tampoco puede asistir a la sesión reprogramada, para recibir otra sesión deberá realizar una nueva contratación y pago.

    18. Inasistencia

    Existe inasistencia cuando la persona:

    • No se presenta o conecta.
    • No informa previamente que no podrá asistir.
    • Supera el periodo de tolerancia.

    La inasistencia implica la pérdida total de la sesión.

    No procederá reembolso, reprogramación, crédito, reposición ni transferencia del pago.

    Esta regla se aplicará con independencia del motivo de la inasistencia.

    La comunicación posterior de una circunstancia extraordinaria, imprevista o grave no restablece automáticamente el derecho a la sesión perdida.

    Para recibir otra sesión deberá agendarse y pagarse nuevamente.

    Lo anterior se entiende sin perjuicio de derechos legalmente irrenunciables.

    19. Reprogramación por Vibra Plenitud

    Cuando la prestadora necesite modificar una sesión confirmada, procurará informarlo tan pronto como razonablemente sea posible y ofrecer otra fecha u horario.

    La persona no estará obligada a aceptar una alternativa que no le resulte adecuada.

    Si no existe una alternativa razonable aceptada y el servicio no puede proporcionarse por causa atribuible a Vibra Plenitud, procederá la solución o devolución correspondiente.

    20. Sustitución de la persona

    La persona podrá solicitar, antes de configurarse una inasistencia, que otra persona utilice la sesión pagada.

    La sustitución no será automática.

    La nueva persona deberá proporcionar sus propios datos, conocer las condiciones, otorgar los consentimientos correspondientes y establecer su propia relación con la prestadora.

    Vibra Plenitud podrá rechazar justificadamente una sustitución cuando la naturaleza del servicio o las condiciones particulares hagan que no resulte adecuada.

    21. Privacidad del espacio

    Las sesiones requieren condiciones razonables de privacidad.

    En sesiones en línea, la persona deberá procurar encontrarse en un lugar donde pueda expresarse libremente y sin exposición innecesaria frente a terceros.

    Se recomienda:

    • Utilizar un espacio privado.
    • Evitar lugares públicos.
    • Utilizar audífonos cuando sea necesario.
    • Reducir interrupciones.
    • Evitar actividades simultáneas que impidan participar adecuadamente.

    La persona es responsable de procurar las condiciones de privacidad de su entorno.

    22. Presencia de terceros

    Las sesiones individuales están destinadas a la persona que recibe el servicio.

    La presencia o participación de familiares, parejas, amistades u otras personas deberá informarse cuando pueda afectar la privacidad o naturaleza del proceso.

    La prestadora podrá solicitar que la sesión se realice de manera privada.

    La participación excepcional de un tercero requerirá conocimiento y acuerdo de la persona consultante y de la prestadora.

    23. Confidencialidad

    La información compartida será tratada confidencialmente conforme a la naturaleza del servicio, las obligaciones profesionales correspondientes, la legislación aplicable, el Aviso de Privacidad Integral y la Política de Confidencialidad Institucional.

    La confidencialidad podrá estar sujeta a las excepciones y límites establecidos jurídicamente, incluyendo aquellos relacionados con situaciones en las que exista obligación legal de comunicar o actuar.

    24. Grabaciones

    Las sesiones no deberán ser grabadas por ninguna de las partes sin conocimiento y consentimiento previo y expreso.

    Cuando excepcionalmente exista una finalidad legítima para grabar una sesión deberán establecerse previamente su finalidad, alcance y condiciones de utilización.

    25. Comunicación fuera de sesión

    Vibra Plenitud podrá mantener canales para:

    • Agenda.
    • Pagos.
    • Reprogramaciones.
    • Materiales.
    • Indicaciones.
    • Comunicaciones breves.
    • Dudas puntuales relacionadas con una sesión o ejercicio.

    Las consultas breves entre sesiones podrán formar parte del seguimiento razonable, pero no constituyen atención terapéutica permanente ni sustituyen una sesión.

    26. Límites de la mensajería

    La comunicación mediante mensajería, correo u otros canales digitales no implica:

    • Disponibilidad permanente.
    • Respuesta inmediata.
    • Psicoterapia por chat.
    • Tratamiento continuo mediante mensajes.
    • Atención de emergencias.
    • Obligación de desarrollar intervenciones extensas fuera de sesión.

    Cuando una situación requiera mayor análisis o intervención podrá indicarse que sea trabajada durante una sesión.

    27. Ejercicios entre sesiones

    Podrán proponerse ejercicios, reflexiones, prácticas, lecturas, registros, actividades de observación u otras herramientas.

    La persona podrá comunicar dudas, dificultades o incomodidad y conserva su autonomía respecto de su participación.

    28. Naturaleza de la psicoterapia

    Cuando el servicio contratado sea psicoterapia, se trata de un servicio profesional psicológico dirigido al abordaje de necesidades, problemáticas, experiencias, síntomas, patrones, recursos, vínculos, objetivos u otros aspectos relacionados con el bienestar psicológico.

    El proceso podrá comprender, según el caso:

    • Exploración de antecedentes relevantes.
    • Identificación de necesidades y problemáticas.
    • Reflexión y análisis.
    • Intervenciones psicoterapéuticas.
    • Psicoeducación.
    • Desarrollo de recursos personales.
    • Trabajo sobre patrones emocionales, cognitivos, conductuales o relacionales.
    • Ejercicios entre sesiones.
    • Seguimiento de objetivos.
    • Referencia a otros profesionales cuando resulte pertinente.

    La metodología podrá adaptarse a las características y evolución del proceso.

    29. Carácter voluntario de la psicoterapia

    La participación en psicoterapia es voluntaria.

    La persona podrá hacer preguntas, solicitar aclaraciones, expresar desacuerdo o incomodidad, negarse a participar en determinada intervención y decidir concluir el proceso.

    La persona podrá retirar su consentimiento para continuar con la psicoterapia, sin que ello genere por sí mismo derecho a devolución respecto de servicios ya prestados, sesiones perdidas o conceptos sujetos a las condiciones comerciales aplicables.

    30. Posibles experiencias durante el proceso

    La psicoterapia puede implicar la exploración de experiencias, pensamientos, emociones, recuerdos, relaciones o situaciones personales que eventualmente generen incomodidad, tristeza, enojo, ansiedad, frustración u otras respuestas emocionales.

    La aparición de estas experiencias no permite por sí misma anticipar el resultado del proceso ni implica necesariamente una prestación inadecuada del servicio.

    La persona deberá comunicar a la prestadora cualquier reacción o dificultad que considere importante para que pueda ser valorada dentro del proceso.

    31. Beneficios y resultados

    La psicoterapia puede favorecer, dependiendo de cada caso, procesos de comprensión, autoconocimiento, desarrollo de recursos, modificación de patrones, afrontamiento y bienestar psicológico.

    Sin embargo, los resultados varían entre personas y no pueden garantizarse resultados concretos.

    32. Evaluación y diagnóstico

    Vibra Plenitud no adopta necesariamente el diagnóstico categorial como centro, requisito automático o punto de partida indispensable de todo proceso psicoterapéutico.

    Cuando profesionalmente resulte adecuado, el proceso podrá centrarse en:

    • Problemáticas clínicas.
    • Síntomas.
    • Patrones.
    • Necesidades.
    • Recursos.
    • Experiencias.
    • Objetivos terapéuticos.

    sin que ello implique necesariamente asignar una categoría diagnóstica formal.

    Esta postura no supone negar la existencia o utilidad de los sistemas diagnósticos cuando profesional o jurídicamente resulte pertinente utilizarlos.

    33. Evaluaciones e informes no incluidos

    La psicoterapia ordinaria no incluye automáticamente:

    • Evaluaciones psicométricas.
    • Baterías de pruebas.
    • Peritajes.
    • Dictámenes.
    • Certificaciones.
    • Informes laborales.
    • Informes escolares.
    • Informes jurídicos.
    • Informes para aseguradoras.
    • Evaluaciones cuyo objeto principal sea emitir un diagnóstico formal.
    • Documentos para procedimientos administrativos o judiciales.

    Estos servicios podrán rechazarse, contratarse específicamente, cotizarse separadamente o referirse con otro profesional según corresponda.

    34. Expediente y registros

    Cuando corresponda, Vibra Plenitud podrá generar y conservar los registros profesionales o clínicos necesarios para documentar el proceso conforme a las obligaciones aplicables.

    Podrán comprender datos de identificación, antecedentes relevantes, información relacionada con el proceso, notas, evolución, problemáticas clínicas, intervenciones, acuerdos, referencias y otros elementos profesionalmente pertinentes.

    Su manejo estará sujeto a confidencialidad y protección de datos personales.

    35. Confidencialidad en psicoterapia

    La información revelada durante psicoterapia será tratada confidencialmente conforme a las obligaciones profesionales y jurídicas aplicables.

    La confidencialidad no es necesariamente absoluta cuando exista una disposición jurídica que obligue o autorice legítimamente determinada actuación, comunicación o entrega de información.

    La persona declara haber sido informada de la existencia de límites jurídicos a la confidencialidad.

    36. Atención médica y psiquiátrica

    La psicoterapia no sustituye atención médica o psiquiátrica cuando resulte necesaria.

    La prestadora podrá recomendar valoración médica, psiquiátrica, especializada, interconsulta o trabajo multidisciplinario.

    Vibra Plenitud no indicará la suspensión o modificación de medicamentos prescritos por profesionales facultados para ello.

    37. Alternativas y referencia profesional

    La persona comprende que la psicoterapia con Vibra Plenitud no constituye necesariamente la única alternativa disponible.

    Dependiendo de sus necesidades, podrán existir otros enfoques psicoterapéuticos, profesionales, instituciones, tratamientos médicos, psiquiátricos u otras modalidades de atención.

    La persona conserva el derecho de buscar otra opinión, cambiar de profesional o solicitar referencia cuando lo considere conveniente.

    38. Consentimiento informado para psicoterapia

    Cuando el servicio contratado sea psicoterapia, la persona declara que:

    • Ha recibido o tenido oportunidad razonable de consultar la información contenida en este documento.
    • Comprende la naturaleza general de la psicoterapia ofrecida.
    • Ha sido informada de su carácter voluntario.
    • Comprende que los resultados no pueden garantizarse.
    • Conoce que el proceso puede implicar la exploración de experiencias emocionalmente sensibles.
    • Comprende las reglas generales de confidencialidad y la existencia de límites jurídicos a ésta.
    • Conoce las condiciones relativas a registros profesionales y protección de información.
    • Comprende que puede formular preguntas y solicitar aclaraciones.
    • Comprende que puede negarse a realizar determinadas intervenciones.
    • Conoce que puede concluir voluntariamente el proceso.
    • Comprende que la psicoterapia no sustituye atención médica, psiquiátrica ni servicios de emergencia cuando éstos resulten necesarios.
    • Ha tenido oportunidad de plantear las dudas que considere relevantes antes de aceptar el servicio.

    Con base en esta información, y siempre que el servicio contratado sea psicoterapia, la persona manifiesta libremente su consentimiento para recibir el servicio psicoterapéutico.

    39. Naturaleza

    Las terapias y herramientas holísticas podrán utilizarse como recursos de:

    • Autoconocimiento.
    • Exploración personal.
    • Reflexión.
    • Bienestar.
    • Desarrollo personal.
    • Acompañamiento.
    • Trabajo simbólico, filosófico, espiritual o energético, según corresponda.

    No deberán entenderse automáticamente como modelos de psicoterapia, medicina o psiquiatría.

    40. Información y participación

    Antes de utilizar una herramienta holística se procurará que la persona conozca razonablemente su naturaleza, forma general de trabajo, alcances, límites y condiciones relevantes.

    La utilización será voluntaria.

    La persona podrá:

    • No utilizarla.
    • Suspender un ejercicio.
    • Solicitar explicaciones.
    • Expresar incomodidad.
    • Elegir otra modalidad de acompañamiento.

    41. No sustitución de atención necesaria

    Las herramientas holísticas no sustituyen atención psicológica, médica o psiquiátrica cuando ésta resulte necesaria.

    La prestadora podrá considerar que una persona requiere prioritariamente otro tipo de atención y abstenerse de proporcionar una intervención holística cuando no resulte adecuada.

    42. Psicoterapia y herramientas holísticas dentro de un mismo proceso

    Una misma persona podrá recibir, en momentos distintos y cuando resulte apropiado, psicoterapia y herramientas holísticas.

    La continuidad entre ambas modalidades no elimina la diferencia entre su naturaleza y fundamento.

    Cuando exista un cambio relevante en el tipo de servicio utilizado, se procurará explicarlo suficientemente para que la persona decida informadamente si desea continuar.

    43. Emergencias

    Vibra Plenitud no funciona como servicio de emergencias ni de atención inmediata en crisis.

    Ante riesgo inmediato para la vida o integridad de la persona o terceros, emergencia médica, crisis psiquiátrica grave u otra situación urgente, deberán utilizarse los servicios de emergencia o recursos especializados disponibles en el lugar donde se encuentre la persona.

    Los mensajes enviados a Vibra Plenitud no sustituyen atención de emergencia.

    44. Referencia a otros profesionales

    La prestadora podrá recomendar otro profesional cuando la situación exceda su competencia, se requiera atención médica o psiquiátrica, sea necesaria una evaluación especializada, otro profesional resulte más adecuado o se considere conveniente un abordaje multidisciplinario.

    45. Límites profesionales

    La relación derivada de estos servicios es profesional o de acompañamiento conforme a la naturaleza específica del servicio.

    Se mantendrán límites adecuados respecto de roles, comunicaciones, contacto fuera de sesión, relaciones personales, conflictos de interés, intercambios económicos e interacciones que puedan comprometer el proceso.

    46. Terminación por la persona

    La persona puede concluir su proceso cuando lo considere pertinente.

    Especialmente en psicoterapia, podrá recomendarse comunicar la decisión y realizar un cierre adecuado cuando resulte posible.

    La terminación voluntaria no genera por sí misma derecho a reembolso respecto de servicios ya prestados o sesiones perdidas.

    47. Terminación por Vibra Plenitud

    La prestadora podrá terminar o abstenerse de continuar un proceso por razones profesionales, éticas, operativas o de seguridad, incluyendo:

    • Cuando el servicio deje de ser adecuado.
    • Se requiera otro tipo de atención.
    • Exista conflicto de interés.
    • Se pierdan condiciones esenciales para el trabajo.
    • Existan incumplimientos graves.
    • Existan amenazas, violencia, acoso u hostigamiento.
    • Se vulneren gravemente límites profesionales.
    • Exista riesgo para la prestadora o terceros.

    Cuando profesionalmente resulte procedente podrá recomendarse otra alternativa de atención.

    48. Conductas graves

    Amenazas, violencia, acoso, hostigamiento, suplantación, sabotaje, vulneraciones graves de confidencialidad u otras conductas semejantes podrán justificar la terminación inmediata.

    Los efectos económicos se determinarán conforme a la Política de Pagos, Cancelaciones, Reprogramaciones y Reembolsos y a la legislación aplicable.

    49. Familiares, parejas y terceros

    El hecho de que otra persona recomiende, pague o facilite la contratación del servicio no le concede automáticamente derecho a conocer información compartida durante las sesiones.

    50. Redes sociales y espacios públicos

    La relación terapéutica no obliga a la prestadora a aceptar solicitudes de amistad, seguimiento, comunicaciones personales o interacciones mediante redes sociales.

    Vibra Plenitud procurará no identificar públicamente a una persona como paciente o consultante sin autorización o fundamento jurídico aplicable.

    51. Testimonios

    Ninguna persona estará obligada a proporcionar testimonios.

    Cuando voluntariamente acepte proporcionar uno destinado a publicación y éste permita identificarla mediante imagen, voz, nombre u otros elementos, deberán gestionarse las autorizaciones correspondientes.

    Negarse a proporcionar un testimonio no afectará el servicio.

    52. Decisiones personales

    Las decisiones relativas a relaciones, familia, trabajo, dinero, residencia, proyectos, tratamientos médicos, procedimientos jurídicos y demás circunstancias personales corresponden finalmente a la persona.

    Los servicios proporcionan espacios de análisis, reflexión o acompañamiento, pero no trasladan a la prestadora la responsabilidad sobre dichas decisiones.

    53. Ausencia de asesoría profesional ajena

    Salvo contratación específica y competencia profesional correspondiente, estos servicios no constituyen asesoría jurídica, fiscal o financiera, atención médica, prescripción farmacológica u otro servicio profesional regulado distinto del contratado.

    54. Fallecimiento, incapacidad o imposibilidad de la prestadora

    Cuando una circunstancia temporal impida proporcionar una sesión pagada podrán aplicarse alternativas de reprogramación.

    Ante una imposibilidad definitiva, las prestaciones pendientes serán administradas conforme a la Política de Pagos, Cancelaciones, Reprogramaciones y Reembolsos y las disposiciones jurídicas aplicables.

    La administración de obligaciones económicas no autoriza a terceros a acceder indiscriminadamente a información terapéutica, clínica o personal confidencial.

    55. Protección de datos personales

    Los datos personales y datos personales sensibles serán tratados conforme al Aviso de Privacidad Integral de Vibra Plenitud y las disposiciones aplicables.

    La información relativa a salud, procesos psicológicos, experiencias personales u otras categorías sensibles recibirá el tratamiento correspondiente a su naturaleza.

    56. Documentos relacionados

    Este documento deberá interpretarse conjuntamente, cuando corresponda, con:

    • VP-MI-001 — Marco Institucional.
    • VP-CE-002 — Código de Ética y Conducta.
    • VP-PCRP-003 — Política de Convivencia, Respeto y Protección.
    • VP-PCI-004 — Política de Confidencialidad Institucional.
    • VP-API-005 — Aviso de Privacidad Integral.
    • VP-PCR-010 — Política de Pagos, Cancelaciones, Reprogramaciones y Reembolsos.
    • Reglamentos o condiciones particulares aplicables.

    57. Identificación del servicio aceptado

    Al momento de formalizar la contratación deberá identificarse la naturaleza del servicio correspondiente, por ejemplo:

    Servicio contratado:

    • ☐ Psicoterapia individual
    • ☐ Terapia o herramienta holística
    • ☐ Otro servicio terapéutico individual: __________________

    Cuando se seleccione Psicoterapia individual, la aceptación de este documento comprenderá también el consentimiento informado establecido en sus disposiciones específicas de psicoterapia.

    58. Aceptación

    La persona declara haber tenido acceso a este documento antes de formalizar la contratación y haber tenido oportunidad de formular las preguntas que considere necesarias.

    Mediante el mecanismo de aceptación correspondiente manifiesta su conformidad con las condiciones aplicables al servicio seleccionado.

    Cuando el servicio sea psicoterapia, manifiesta adicionalmente su consentimiento libre e informado para recibir el servicio psicoterapéutico, en los términos establecidos en este documento.

    La aceptación podrá documentarse mediante firma, aceptación electrónica u otro mecanismo jurídicamente válido.

    59. Derechos de la persona

    Ninguna disposición deberá interpretarse como renuncia anticipada a derechos irrenunciables reconocidos por la legislación aplicable.

    60. Actualizaciones

    Vibra Plenitud podrá actualizar este documento ante cambios profesionales, institucionales, operativos, tecnológicos o jurídicos.

    Las modificaciones relevantes para relaciones vigentes serán comunicadas cuando corresponda.

    61. Contacto

    Para cuestiones administrativas:

    info@vibraplenitud.com